| Servicio Comunitario |
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Según la Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior, los estudiantes universitarios venezolanos deben cumplir con al menos 120 horas académicas de servicio comunitario en un lapso no menor a 3 meses; entendiéndose como Servicio Comunitario:
“(…) la actividad que deben desarrollar en las comunidades los estudiantes de educación superior que cursen estudios de formación profesional, aplicando los conocimientos científicos, técnicos, culturales, deportivos y humanísticos adquiridos durante su formación académica, en beneficio de la comunidad, para cooperar con su participación al cumplimiento de los fines del bienestar social (…)” La Sociedad Anticancerosa de Venezuela (SAV), a través de los programas educativos desarrollados en el Departamento de Educación, ofrece un espacio ideal para que los estudiantes lleven a cabo la Labor Social, dándoles previamente el debido entrenamiento de acuerdo a las actividades que realizarán.
Actúa como un promotor de salud comunitario al realizar actividades en pro de la buena salud del individuo y su comunidad.
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